Resolución emitida por la Cámara de Compensación 1 del Tribunal del Distrito de Hamburgo donde se comunica el acuerdo abreviado en el juicio entre las demandantes Karolina Frank y Edith Gejman, quienes también representan a Salomon Frank en contra del demandado el Imperio alemán (Deutsche Reich). Hamburgo, Alemania. 7/12/1960.
Resolución emitida por [el Jefe de la Oficina Financiera de Fráncfort] (Oberfinanzdirektion Frankfurt) a Edith Frank donde la declara como única heredera de sus padres Salomon y Karolina Frank. Frankfurt, Alemania. 25/4/1967. 2 hojas mecanografiadas con tres timbres del Jefe de Finanzas de Fráncfort.
Resolución emitida por la Oficina del Gobierno Provincial de Viena que reconoce el derecho de Edith Gejman a reclamar según la Ley de Bienestar de las Víctimas dado que pudo probar que tuvo que emigrar por motivos raciales. Viena, Austria. 18/11/1964. 1 hoja mecanografiada por ambas caras con un timbre del Departamento Municipal Nª12 de Viena.
Resolución emitida por la Oficina Estatal de Control y Compensación de Activos en Hesse que declara culpable al Imperio alemán (Deutsche Reich) debiendo indemnizar a Edith Gejman según la Ley Federal de Restitución. Frankfurt, Alemania. 20/2/1967. 3 hojas mecanografiadas con timbres de la Oficina Estatal de Control y Compensación de Activos en Hesse más un trozo de papel de color fucsia con información sobre el cómo y plazos para apelar impreso en él.
La subserie contiene documentos legales, financieros, personales, correspondencia y otros; pertenecientes a la familia Frank.
Sobre de la Oficina de Pasajeros de 3° Clase de Italia Empresa Anónima de Navegación a nombre de Salomon Frank y su familia. 1 sobre de la Italia Empresa Anónima de Navegación.
Solicitud de información médica: Documento entregado por la escuela secundaria Jules Ferry a los padres de Yvonne Auspitz para rellenar la información médica de su hija. El comunicado contiene información en ambas caras de la hoja. En la primera cara se tiene en la parte superior el nombre del colegio y ciudad donde se encuentra geográficamente (Lycée Jules – Ferry. Paris), procediendo con un breve texto explicando que con el fin de reunir información necesaria, se pide rellenar los requerimientos pedidos y luego enviar el comunicado en un sobre cerrado al doctor de la escuela. Luego termina el comunicado con la firma de la directora A. Bottreau. El otro lado de la cara pide requisitos básicos como nombre y apellido y clase (5º M), fecha de nacimiento (23 de mayo de 1937) y fecha de ingreso a Jules Ferry (7 de octubre de 1949). Pide información de vacunas (el cual se encuentra tachado con una x) y antecedentes como sarampión, varicela, fiebre tifoidea, entre otras dolencias. También tiene un espacio donde se puede mencionar alguna intervención quirúrgica o alguna otra información adicional proporcionada por la familia (ninguna fue respondida).
Auspitz, YvonneSolicitud de residencia. Dos documentos emitidos por la Dirección General de Investigaciones e Identificación de Chile, dan cuenta de la solicitud de Elias Jeifetz y Teresa Weinstein para permanecer en el país. Año 1941.
Familia JeifertzSolicitud de restitución de Salomon Frank enviada a la Compañía de Seguros Austriaca. Viena, Austria. 29/10/1959. 1 hoja mecanografiada con el timbre de la Dirección Regional Financiera de Viena.
Frank, EdithSolicitud de visado chileno de Salomon, Karolina y Edith Frank presentadas en el Consulado de Chile en Berlín. Berlín, Alemania. 27/7/1939. 3 documentos mecanografiados.
Frank, Edith